Como ya ocurriera con otras comunidades en el pasado, los vecinos de la calle Calcio 15 han sido denunciados por tener persianas en los miradores.
Según el punto primero del artículo 6.6.19 de la normativa del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid del año 1997, “se prohíbe la instalación de persianas en los paramentos exteriores del mirador”.
Esto significa que un importante número de vecinos de esa comunidad que habían instalado las persianas con el objetivo de aislar sus viviendas frente al frío en invierno y proteger de la luz y el calor en verano, con un claro beneficio energético, tendrá que desmontarlas para cumplir con una polémica norma que se ideó hace más de veinte años cuando las construcciones no tenían nada que ver con las actuales.
De hecho es una norma que no se aplica a no ser que exista denuncia previa por parte de alguna persona, como es el caso, por eso existen numerosas viviendas que han instalado la persiana sin que nadie les haya obligado a retirarlas.
Desde la asociación pensamos que la norma del PGOUM es absurda por generalizar la prohibición a cualquier mirador y su aplicación es totalmente injusta, ya que depende de una denuncia de terceros.
Esperamos que por estos motivos los vecinos puedan paralizar los expedientes sancionadores en el plazo que se les ha dado para presentar alegaciones.